El convenio colectivo del sector siderometalúrgico obliga a todos los talleres a contratar un seguro de accidentes para sus empleados. Desde 13€/empleado/año con gestión incluida.
Obligación legal para talleres del sector siderometalúrgico
Si tienes trabajadores bajo el convenio siderometalúrgico y no tienes contratado este seguro, estás incumpliendo el convenio y puedes ser objeto de sanción por la Inspección de Trabajo.
Capital garantizado a los beneficiarios del empleado fallecido en accidente de trabajo.
Cobertura también en accidentes ocurridos fuera del horario y entorno laboral.
Indemnización proporcional al grado de invalidez reconocido.
Capital íntegro en caso de pérdida total de capacidad laboral.
Suma adicional para cubrir la asistencia de tercera persona.
Cobertura de los gastos de entierro e incineración.
Cualquier taller con empleados bajo el convenio de reparación de vehículos o siderometalúrgico está obligado.
La actividad de carrocería también queda bajo el ámbito del convenio.
La parte de servicio técnico del concesionario queda sujeta a la obligación.
Las empresas de mantenimiento con personal encuadrado en el convenio metal también deben contratarlo.
El Convenio Colectivo del Sector Siderometalúrgico y el de Reparación de Vehículos establecen la obligación de contratar un seguro de accidentes para todos los trabajadores.
Desde 13€ por empleado y año. El precio final depende del número de trabajadores, categorías y capitales pactados en el convenio aplicable.
Estás incumpliendo el convenio colectivo. En caso de accidente, la empresa debe responder con su propio patrimonio por los capitales que correspondería haber asegurado.
Se puede contratar en cualquier momento del año. El seguro prorrateará la prima hasta la siguiente renovación.