Capital por fallecimiento o invalidez accidental. Cobertura 24 horas, laboral y extralaboral, sin período de carencia.
Protección económica frente a las consecuencias de un accidente, desde el primer día y las 24 horas.
Capital pagado a los beneficiarios si el asegurado fallece como consecuencia directa de un accidente. Complementa al seguro de vida, que cubre también el fallecimiento por enfermedad.
Porcentaje del capital asegurado proporcional a la pérdida anatómica o funcional del miembro o sentido afectado. Tabla de indemnizaciones según el baremo de la póliza.
Capital íntegro o ampliado si el accidente provoca incapacidad total para la profesión habitual del asegurado, aunque pueda desempeñar otra actividad diferente.
Capital máximo cuando el accidente deja al asegurado sin capacidad para cualquier trabajo. Habitualmente incluye doble capital respecto a la IPT.
Renta diaria mientras el asegurado está de baja por el accidente e incapacitado para trabajar. Complementa las prestaciones de la Seguridad Social durante la recuperación.
Cobertura de los gastos médicos derivados del accidente: urgencias, hospitalización, cirugía, rehabilitación y material ortopédico, en centros del cuadro o con reembolso.
La cobertura es continua: dentro y fuera del trabajo, en horario laboral y en el tiempo libre. También cubre los accidentes in itinere (de camino al trabajo o de vuelta).
Capital adicional para cubrir los gastos funerarios cuando el fallecimiento es consecuencia de un accidente, complementando o sustituyendo al seguro de decesos en algunos casos.
El seguro de accidentes no sustituye al de vida, sino que lo complementa cubriendo capitales adicionales para el caso de fallecimiento o invalidez accidental.
A diferencia del seguro de vida o salud, el seguro de accidentes no tiene carencia: la cobertura es efectiva desde el primer día de vigencia de la póliza.
El seguro de accidentes es uno de los más económicos del mercado. Desde 5 €/mes se puede obtener una cobertura de 30.000 € por fallecimiento accidental.
El precio depende del grupo de riesgo de tu actividad profesional. Te ayudamos a clasificar correctamente tu profesión para obtener la prima más ajustada.
Un accidente es toda lesión corporal involuntaria causada por una acción violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado. Se excluyen las enfermedades, aunque sean súbitas (como un infarto), y los accidentes provocados intencionalmente.
Depende de la póliza y del deporte. La mayoría de las pólizas cubren deporte amateur sin riesgo especial. Deportes de motor, alpinismo, artes marciales de contacto u otros de alto riesgo requieren cláusulas adicionales o están excluidos.
Sí. Existen pólizas familiares que cubren a todos los miembros del hogar (cónyuge e hijos) con un precio reducido respecto a asegurar a cada uno individualmente.
IPT (Invalidez Permanente Total) es incapacidad para la profesión habitual. IPA (Invalidez Permanente Absoluta) es incapacidad para cualquier trabajo. IPP (Invalidez Permanente Parcial) es la pérdida de una parte del cuerpo o función según baremo. La indemnización aumenta progresivamente: IPP < IPT < IPA.
Sí, si la póliza incluye cobertura laboral (24 horas). Algunos seguros solo cubren las 24 horas del día; otros se limitan a accidentes extralaborales. Es importante verificar este punto antes de contratar.