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El vehículo de sustitución – La letra pequeña

Dentro de las garantías accesorias de un seguro de automóvil una de las más habituales, y conflictivas, es la garantía de vehículo de sustitución y conviene tener claro una serie de aspectos sobre la misma antes de decidirnos por su contratación:

1.- Valorar la necesidad de su contratación: El coste de esta garantía suele rondar los 40€ al año y antes de decidirnos por contratarlo o no debemos plantearnos la pregunta clave. Si ayer hubiera tenido un accidente ¿Necesitaría disponer de un vehículo o puedo realizar mi actividad habitual sin él?

En ello influyen muchos aspectos: Desplazamientos al trabajo, llevar a los niños al colegio, disponer de más de un vehículo familiar, etc.

Mi experiencia me dice que la mayor parte de la gente no valora correctamente el hecho de quedarse una semana sin coche y acaba gastando mucho más dinero en taxis, vehículo de alquiler, pidiendo el coche a familiares, negociando con el taller para que nos dejen uno o incluso exigiendo al mediador que «le consiga un coche».

Nuestra misión como mediadores es asesorar y ayudar, y el primer paso debe ser informar al cliente de la importancia de esta garantía y de su correcta valoración a la hora de contratar el seguro. Los mediadores y los talleres no podemos hacer magia y sacar coches de la chistera. El cliente debe implicarse en esa decisión y ser consecuente con la decisión que toma.

2.- Diferencias entre compañías:

Una vez decididos a contratarlo debemos valorar las diferencias entre compañías de seguros. Aquí no sirve «con coche de sustitución» y punto. Se trata de una garantías compleja, con abundante letra pequeña.

Causas que nos permiten solicitar el vehículo de sustitución:  El vehículo de sustitución se solicita cuando un incidente nos impide hacer uso del vehículo. Los escenarios posibles son dos: accidente de tráfico y avería mecánica. El primero de los casos es el más frecuente, nuestra recomendación es contratar una póliza que incluya el accidente, pero también la avería mecánica ya que existen averías que por su complejidad nos pueden privar del uso del vehículos durante bastantes días (en muchas casos simplemente a la espera de una pieza). Este punto es muy importante, revisemos que la garantía sea por accidente y por avería.

Existen otros supuestos más infrecuentes como el robo, incendio o siniestro total, no exentos de importancia, pero que suelen estar garantizados en todas las pólizas así que no me detendré en exceso en este punto.

Franquicia temporal: No nos prestan un vehículo de sustitución por cambiar una rueda o hacer una revisión. Es habitual que se establezca una limitación del tipo: «siempre que el vehículo pueda ser reparado en el día» o «siempre que la reparación suponga más de 4 horas de mano de obra». También es importante valorar la importancia de este redactado pues supongamos este caso: Siniestro a las 19:00, reparación de dos horas, pero taller cierra y la tienen que hacer mañana. En el primer caso tenemos coche de sustitución, en el segundo caso no.

 

Duración del préstamos: Otro aspecto fundamental. Entre una póliza que nos preste un vehículo durante 5 días y una que nos preste un vehículo durante 35 días media un abismo. Cuanto mayor sea la duración temporal de la garantía mayor será nuestra protección.

Otros condicionantes: Las compañías pueden ser «muy simpáticas» con la letra pequeña y ocultar sorpresas del tipo:

  • Vehículo de sustitución solamente si se remolca a talleres concertados.

Absolutamente inadmisible. Nadie puede ni debe impedirnos acudir al taller que queramos, este tipo de condicionantes deben ser combatidos por parte de los usuarios y de los talleres.

  • Vehículo de sustitución solamente si el vehículo ha sido remolcado al taller.

Este supuesto es de los más sangrantes, da igual los daños que tenga el coche, si ha llegado al taller sin ser remolcado no tenemos derecho al vehículo de sustitución. Imaginemos un caso de vandalismo en que nos rayan todo el coche, o han colisionado con nosotros dañando todo el lateral… Pues no tenemos derecho ya que el coche no ha sido remolcado. Existen pólizas de primer nivel, de compañías de primer nivel con esta cláusula. Mucho ojo con este tema.

  • Vehículo de sustitución solamente si el vehículo no puede circular.

Un caso parecido al anterior, llegamos circulando o remolcados al taller, pero nos dicen que el vehículo, aunque muy dañado puede circular y aunque la reparación (por ejemplo pintar el vehículo entero) lleva varios días, no nos dejan el vehículo de sustitución. Existen pólizas de primer nivel, de compañías de primer nivel con esta cláusula. Mucho ojo con este tema.

Igual que en el caso anterior es muy frecuente, por desgracia, y en compañías que no esperamos.

  • Vehículo de sustitución solamente si no somos responsables del siniestro.

Cada vez más infrecuente, pero todavía encontramos casos con esta cláusula. La persona que necesita un coche lo necesita sea responsable o no del siniestro, no tiene sentido imponer esta cláusula a nivel asegurado, aunque alguna compañía la mete para inflar la póliza y de paso recobrar el importe de la prestación del responsable del siniestro.

Este tipo de garantías deben ser rechazadas directamente y deben ser combatidas pues al final suponen una suerte de engaño para el asegurado, que fue prudente, pagó la garantía, cree estar protegido y luego se encuentra que ha pagado por una garantía que no le sirve porque la letra pequeña deja la cobertura vacía de contenido o muy mermada.

3.- Conclusiones:

Acudamos a un corredor de seguros a que nos asesore: Las pólizas no tienen 30 páginas porque a la compañía le guste gastar papel. Es un contrato complejo y cada garantía tiene un desarrollo, unas coberturas y unas exclusiones. Vivimos en una época de «comparadores» que comparan peras con manzanas y de «colocadores de seguros» que no saben ni lo que venden (ahí están los teleoperadores con una libreta de respuestas y los bancos que no tienen ni esa libreta y les da igual Juana que su hermana).

Como consumidores leamos las condiciones de las pólizas: Los consumidores deben leer siempre aquello que contratan. El corredor nos orienta y soluciona nuestras dudas, pero no nos puede contar la póliza entera con pelos y señales. Posiblemente descubriremos garantías que no sabíamos que teníamos contratadas y sin embargo encontraremos aspectos que damos por hecho que tenemos garantizados y que no es así.

Implicación de los talleres: Como corredores de seguros de la Asociación de Talleres ATREVE siempre insistimos en el papel fundamental de los talleres como entes que disfrutan de la confianza de sus clientes y que deben proteger su modelo de negocio. El vehículo de sustitución permite que los talleres puedan trabajar en igualdad de armas con las grandes franquicias que tienen disponibles flotillas propias o que se benefician de acuerdos concretos de derivación de vehículos por parte de las compañías aseguradoras (siempre en base a condiciones que el taller debe aceptar). Se debe informar e incentivar la contratación de esta cobertura en las pólizas y hacer entender a los clientes que la contratación de productos de gama baja siempre acaba en perjuicio para ellos.

Producto recomendado: Desde nuestra correduría entendemos que la póliza con mejor servicio de vehículo de sustitución actualmente disponible en el mercado asegurado español sería la de Reale en su modalidad Premium, pues cumpliría los requisitos básicos expuestos: Cobertura por avería y accidente, daños que requiera más de un día para ser reparados, no es necesario derivar a taller concertado, nos brinda 35 días de cobertura y el vehículo no tienen que ser remolcado. Este producto es el que estamos recomendando en toda la red de talleres de ATREVE de cara al cliente final.

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